12 octubre 2010

Libros y Registros Contables

Vinculados una Asuntos Tributarios

1) Un Cuyos Contribuyente Ingresos Brutos Anuales no SUPERA Las 150 UIT es ¿Se encuentra un Obligado Llevar El Registro de Activos Fijos

No, mortajar Que en Virtud al Artículo 12 º de la Resolución de Superintencia N º 234-2006/SUNAT, dicho Registro en sí encuentra comprendido COMO UNO de Los Que Integran la COMPLETA Contabilidad.

2) El Llevado de los Libros y Registros vinculados una tributarios asuntos Cumpliendo Con los Requisitos Mínimos y Acuerdo de Madrid y uno los Formatos establecidos en El Artículo 13 º de la Resolución de Superintendencia N º 234-2006/SUNAT, ¿a Partir de Ejercicios Que es Obligatorio

En Virtud al estilo de Primera Disposición Complementaria modificatoria de la Resolución de Superintendencia N º 286-2009/SUNAT (31.12.2009) Que prorrogó la suspencion de la vigencia del Artículo 13 º HASTA EL 30.06.10, aumento de la Obligación à partir del 01/07/2010.

Fuente: Caballero Bustamante
2 da quincena de Julio 2010


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