26 diciembre 2009

No Presentar Las Declaraciones Dentro De Los Plazos Establecidos

Enunciado

La empresa EL APRENDIZ S.A.C ubicada dentro del Régimen General del Impuesto a la Renta identificada con RUC Nº 20101456328, no presentó la declaración del PDT Nº 621 – IGV Renta mensual correspondiente al período 2009 en la fecha de vencimiento, no obstante regularizará dicha obligación y el pago de la multa el 22 de setiembre 2009. Al respecto, se pide determinar a cuánto asciende la multa si la empresa subsana la infracción a cancela la multa de forma voluntaria.

Solución:
De acuerdo al caso planteado teniendo en cuenta que el contribuyente no ha cumplido con presentar la declaración mensual dentro del plazo establecido que en este caso debió ser el 10.03.2009, se configura la infracción tipificada en el numeral 1 del artículo 176º del código tributario, sancionada con una multa ascendente a 1 UIT. Respecto a la rebaja que le será aplicable, cabe señalar que la misma estará determinada en función al momento en que se realice la subsanación y pago de la multa rebajada más los intereses moratorios, en este caso teniendo en cuenta que el contribuyente realizará la subsanación y el pago de la multa en forma voluntaria le será aplicable una rebaja del 90% de la multa.



1) Determinación de la multa
Infracción : Art.176 numeral 1
Sanción: 1 UIT
UIT Vigente 2009 : S/.3,550.00
Multa : S/.3,550.00

2) Multa Graduada

Multa : S/.3,550.00
Gradualidad : S/.(3,195.00)
(90% de S/.3,550.00)
Multa graduada : S/.355.0
* Se subsana y paga la multa, por lo cual le corresponde una rebaja del 90%.

3) Actualización de la Multa
Fecha de vencimiento: 10.03.2009
Fecha de Infracción: 11.03.2009
Fecha de subsanación: 22.09.2009
Fecha de pago de la multa: 22.09.2009
Días transcurridos: 196 días
TIM Vigente: 1.500%
TIM Diaria : 0.05000%
TIM Acumulada : 9.80%
(196 x 0.05000)
Multa : 355.00
Interés moratorio: 34.79
(9.80% x 355.00)
Multa actualizada al 22.09.2009 : S/.389.79
Multa (Redondeada) : S/.390.00


Fuente: Caballero Bustamante
Casuística: Tributaria – Contable – Laboral
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Un saludo cordial,

González Palomino, Edú
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